lunes, 6 de abril de 2015

Mis sentencias favoritas de Carlos Gaviria Díaz.

El Dr. Carlos Gaviria Díaz fue de esos juristas que nos sirvieron de ejemplo a muchos que amamos la profesión y aún creemos que el Derecho es una carrera para abrir mentes.

Hoy quiero destacar tres de las sentencias más relevantes y trascendentales, que en mi opinión todo ciudadano debe conocer: el Derecho a la igualdad entre hombres y mujeres, la Despenalización del consumo de la dosis personal, y la Despenalización del homicidio por piedad.

La primera sentencia, habla acerca de la nulidad del matrimonio “cuando se ha celebrado entre la mujer adúltera y su cómplice, siempre que antes de efectuarse el matrimonio se hubiere declarado, en juicio, probado el adulterio”. En ésta se reconocen puntos históricos de discriminación de la mujer desde tiempos de Rosseau hasta el Código Penal de 1890 que bien resume en una “lógica patriarcal” en la cual “la mujer, y en especial la mujer casada, es propiedad del marido y, por tanto, cualquier ofensa que a él haga debe ser castigada”. Así que, para contribuir a la lenta evolución en la defensa de los derechos y el reconocimiento de la igualdad jurídica, se declaró la inconstitucionalidad de la norma ya que el hombre no era sujeto de la misma.

La segunda sentencia ya casi cumple veinte años, y es la primera providencia que trata la drogadicción, no como un problema de moral, sino como uno de salud enmarcado en el contexto del derecho al libre desarrollo de la personalidad. Cuestiona la condición que erróneamente se da al consumidor como sujeto activo de un delito y lo ubica como un enfermo que requiere ayuda humanitaria al cual el Estado debe garantizarle la educación respecto de las drogas y finiquitar de una vez por todas la represión como medio para evitar el uso de sustancias.

La tercera sentencia, aborda la situación de los enfermos terminales cuyos intensos sufrimientos y la certeza de saber que su condición no tendrá mejoría, hacen que deseen morir dignamente en las condiciones que él mismo escoja. Resalta el deber del Estado de proteger la vida, la dignidad humana y el libre desarrollo de la personalidad concluyendo que éste “no puede oponerse a la decisión del individuo que no desea seguir viviendo y que solicita le ayuden a morir (…) sino de reconocer que esta obligación no se traduce en la preservación de la vida sólo como hecho biológico”.

Basta con leer estas sentencias para dejar claro que un Magistrado con mente abierta aporta sabiduría, concreción y firmeza, que no deja lugar a las dudas, que permite ver las situaciones desde una perspectiva simple y pura, sin darle tantas vueltas o dejar asuntos sin tocar.

La muerte del Dr. Gaviria me hace pensar en él como una leyenda; la leyenda del Honorable Magistrado en Colombia. Es una lástima ver lo que hoy es la Corte Constitucional porque la honorabilidad se predica de sus miembros y la excelencia de sus pronunciamientos, no de la figura jurídica como tal. Ya me preguntaba hacía mucho tiempo, ¿porque algunas decisiones distan tanto unas de otras y se contradicen tan a menudo?

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